
INFORMACIÓN MIGRATORIA
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Argentina y Bolivia acordaron otorgar, de manera recíproca, una permanencia de 90 días a Turistas.
Los ciudadanos bolivianos ingresan a la Argentina, pudiendo obtener radicación, al amparo de diversos Convenios y normas:
Argentina tiene una nueva Ley Migratoria N° 25871, promulgada el 20 de enero de 2004. Permite la radicación y garantiza el Derecho a la Reunificación Familiar.
Los Inmigrantes deben cumplir con las leyes Argentinas y pueden ser aceptados como Residentes Permanentes, Temporarios, Transitorios y con Residencia Precaria.
El Convenio Migratorio con Bolivia, puede ser aplicado si es mas favorable para el emigrante.
La Ley regula delitos migratorios como el Tráfico Ilegal de Personas, Permanencia Ilegal de Extranjeros, Petición de Beneficio utilizando Documentación Falsa, con situaciones agravantes cuando por ejemplo la victima sea menor de edad o en casos de narcotráfico o prostitución.
Argentina ha suspendido las amnistías y también las expulsiones de ilegales. El Programa Patria Grande del Gobierno Argentino favorece enormemente al emigrante y otorga la posibilidad de una regularización sucesiva. (ver radicación en Argentina).
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Obtención de documentos
CERTIFICADO DE NACIMIENTO.-
Entrega inmediata.
CERTIFICADO DE NACIONALIDAD
Requisitos.-
Entrega inmediata.
ANTECEDENTES POLICIALES
Entrega 2 semanas.
Costo Arancel Consular.- El costo de acuerdo al decreto 29879 es de $us. 3,oo (TRES DOLARES AMERICANOS), ya sea por los tres documentos sean dos o sea uno, aproveche el decreto solo será subvencionado hasta fin de año, desde enero regirán otros precios.
Se podrá realizar también trámites en relación a procesos Administrativos en cuanto a ciertas fallas en los nombres o las fechas de nacimiento de acuerdo sea su naturaleza.
EVITE GESTORES, EL CONSULADO DE BOLIVIA AHORA ESTA A SU ALCANCE |
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